Visado de estudiante con más de 180 días de duración (categoría D)

Este visado tiene mãs requisitos, pero no te preocupes, te acompañaremos en todo el proceso. Lo mejor de este visado son las posibilidades de trabajar y que puedes prorrogarlo en el territorio español sin tener que salir del país.

Te hemos preparado alguna información y consejos útiles para solicitar este visado:

  • RECUERDA QUE tienes que presentar la documentación, como mínimo, un mes antes de comenzar tus estudios.
  • La documentación, a veces, está en trámite alrededor de un mes. Así que te aconsejamos que lo primero que hagas sea solicitar cita previa, lo antes posible, en el Consulado de tu país. ¡Así podrás empezar el curso a tiempo y no habrá problemas de papeleo! Muchos alumnos no tienen en cuenta esto y, algunas veces, tienen problemas para poder empezar, ¡y no queremos que eso te ocurra a ti!
  • En algunas fuentes a este tipo de visado lo llaman “residencia estudiantil”, pero NO es una residencia sino una estancia por estudios.

Recuerda tener muy claras las recomendaciones para evitar problemas innecesarios. Aquí te detallamos toda la documentación necesaria para solicitar este tipo de visado:

1. Dos impresos de solicitud de visado nacional, debidamente cumplimentados en español, firmados por la persona a cuyo nombre se ha de expedir el visado. Enlace para la solicitud de visado nacional, y aquí tienes un ejemplo de cómo debes rellenarlo: Solicitud de visado nacional – EJEMPLO.

2. Dos fotografías con las siguientes características: deben ser recientes y tener las medidas 3,5 x 4,5. Deben ser a color, de frente, con la cabeza descubierta y con un fondo blanco.

3. Pasaporte externo con una vigencia mínima del periodo para el que solicita la estancia y una fotocopia completa del mismo.

4. Pasaporte interno y una fotocopia completa del mismo.

5. Seguro médico, público o privado, concertado con una Entidad Aseguradora autorizada para operar en España. Siempre se aconseja contratar un seguro médico español. Se puede hacer online. Te recomendamos que eches un vistazo al AME Asistencia Médica, un seguro médico de confianza. 

6. Confirmación del centro de estudios: comprobante del pago, contrato, invitación, certificado de matrícula y programa del curso.

7. Disponibilidad de alojamiento en España. Puede ser un contrato de arrendamiento de una habitación o de un piso, una Nota Simple y copia del documento de identidad del propietario del piso.

8. Disponibilidad de una garantía económica necesaria para sufragar los gastos de estancia y el regreso a tu país y, en el caso que sea necesario, la de tus familiares; de acuerdo con las siguientes cuantías:

    • Para tu sostenimiento, mensualmente, el 100 % del IPREM (Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples), que este año (2020) asciende a 579,02€.
    • Para el sostenimiento de los familiares de los que estás a cargo: mensualmente para el primer familiar el 75% del IPREM (Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples), que este año (2020) asciende a 434,26€. Para cada una de las demás personas, el 50% del IPREM (Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples), que este año (2020) asciende a 289,51€.
    • No se computarán, a los efectos de garantizar ese sostenimiento, las cuantías utilizadas o a utilizar para sufragar, en su caso, el coste de los estudios, del programa de movilidad o de las prácticas no laborales.Certificado de antecedentes penales:

9. Para estancias superiores a 180 días; (solo si eres mayor de edad), debes tener el certificado de antecedentes penales actualizado, traducido al español y legalizado en el Consulado General de España; en tu ciudad o ante cualquier intérprete jurado debidamente reconocido por la autoridad española. Este certificado debe haber sido expedido (como mínimo) durante los 3 meses anteriores a la presentación, por las autoridades competentes del país o países donde has residido durante los 5 años anteriores a la presentación de la solicitud de visado. 

Si tu país de origen es la Federación Rusa, Bielorrusia, Armenia o Uzbekistán: el certificado de antecedentes penales deberá tener la Apostilla de La Haya. i tu país de origen es Turkmenistán debes presentar el certificado consular de antecedentes penales firmado por un agente diplomático del Consulado correspondiente en la Federación Rusa. 

10. Certificado médico:

    • El certificado médico debe estar actualizado, traducido al español y legalizado en el Consulado General de España o ante cualquier intérprete jurado debidamente reconocido por la autoridad española. Este certificado debe haber sido expedido (como mínimo) durante los 3 meses anteriores a la presentación. 
    • Aquí tienes un ejemplo de cómo debe estar formulado el certificado: “Este certificado médico acredita que el Sr. / Sra. […] no padece ninguna de las enfermedades que pueden tener repercusiones de salud pública graves de conformidad con lo dispuesto en el reglamento sanitario internacional de 2005”. 

11. Documento que acredite que tienes estudios previos realizados y acabados, es decir, título universitario, título escolar,…

12. Por último, debes incluir una carta de motivación que explique las razones de tu viaje.

¡Recuerda!

  • El certificado de antecedentes penales tiene que estar legalizado con la Apostilla de la Haya
  • Todos los documentos deben estar traducidos al español (excepto los pasaportes)
  • La traducción del certificado médico y el certificado de antecedentes penales debe estar legalizada por el consulado general de España en tu país, dos o tres días antes de la presentación de la documentación requerida
  • Cada documento tiene que ir acompañado de una copia en blanco y negro del mismo
  • Las fotocopias de los certificados tienen que estar hechas después de su legalización, para que también tengan la apostilla o sello oficial
  • Cualquier Consulado puede solicitar una entrevista o pedirte documentación adicional
  • El visado que se te otorga es de 90 días. Debes traer contigo toda la documentación porque durante estos días debes presentarla, de nuevo, en la oficina de extranjería en España para obtener la Tarjeta de Identidad Extranjera (TIE). El número NIE te lo otorga el Consulado y estará reflejado en tu Visado
  • Si te deniegan el visado, el Consulado debe informarte de ello y durante un mes tienes derecho a presentar el recurso potestativo de reposición ante el mismo organismo