Visado de estudiante con más de 180 días de duración

CATEGORÍA D

Este tipo de visado te permite estudiar de forma continuada durante más de 6 meses en España y prolongar tu estancia en España.

El primer paso que te recomendamos es que visites la página web del Consulado de España en tu país y te informes sobre este tipo de visado. En la página web también encontrará información sobre cómo concertar una cita para presentar sus documentos y cómo legalizarlos.

Cada consulado tiene sus propias normas para pedir cita, en algunos casos hay que hacer la solicitud online y en otros consulados los documentos se presentan por orden de llegada.

Requisitos
generales

Puede solicitar el visado como muy pronto tres meses y como muy tarde un mes antes del inicio del curso
Las solicitudes de visado de larga duración se tramitan en el plazo de un mes, pero le recomendamos que concierte una cita un par de meses antes del inicio de sus estudios, ya que es posible que el Consulado no tenga cita, en cuyo caso tendrá que cambiar la fecha de inicio.
Algunas fuentes se refieren a este tipo de visado como "residencia de estudiante", pero no tiene estatus de residencia, ya que el motivo principal de la estancia en el país son los estudios y se trata de una estancia temporal.

Documentos
para la solicitud de visado

  • Dos impresos de solicitud de visado nacional, debidamente cumplimentados en español, firmados por la persona a cuyo nombre se ha de expedir el visado. Enlace para la solicitud de visado nacional. 

  • Dos fotografías con las siguientes características: deben ser recientes y tener las medidas 3,5 x 4,5. Deben ser a color, de frente y con un fondo blanco.

  • Pasaporte externo con una vigencia mínima del periodo para el que solicita la estancia y una fotocopia completa del mismo.

  • Pasaporte interno y una fotocopia completa del mismo si dispones de él.

  • Certificado médico:
    El certificado médico debe estar actualizado, traducido al español y legalizado en el Consulado General de España o ante cualquier intérprete jurado debidamente reconocido por la autoridad española. Este certificado debe haber sido expedido (como mínimo) durante los 3 meses anteriores a la presentación. 

    Aquí tienes un ejemplo de cómo debe estar formulado el certificado: “Este certificado médico acredita que el Sr. / Sra. […] no padece ninguna de las enfermedades que pueden tener repercusiones de salud pública graves de conformidad con lo dispuesto en el reglamento sanitario internacional de 2005”.

  • Confirmación del centro de estudios: comprobante del pago, carta de admisión, certificado de matrícula y programa del curso. La escuela debe estar acredita por el Instituto Cervantes.

  • Documento que acredite que tienes estudios previos realizados y acabados, es decir, título universitario, título escolar, etc.

  • Disponibilidad de alojamiento en España. Puede ser un contrato de arrendamiento de una habitación o de un piso, una Nota Simple y copia del documento de identidad del propietario del piso.

  •    Disponibilidad de una garantía económica necesaria para sufragar los gastos de estancia y el regreso a tu país y, en el caso que sea necesario, la de tus familiares; de acuerdo con las siguientes cuantías:
    Para tu sostenimiento, mensualmente, el 100 % del IPREM (Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples), que este año (2023) asciende a 600,00€.
    Para el sostenimiento de los familiares de los que estás a cargo: mensualmente para el primer familiar el 75% del IPREM (Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples), que este año (2023) asciende a 450,00€. Para cada una de las demás personas, el 50% del IPREM (Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples), que este año (2023) asciende a 300,00€.
    No se computarán, a los efectos de garantizar ese sostenimiento, las cuantías utilizadas o a utilizar para sufragar, en su caso, el coste de los estudios, del programa de movilidad o de las prácticas no laborales.

  •  Para estancias superiores a 180 días; (solo si eres mayor de edad), debes tener el certificado de antecedentes penales actualizado, apostillado, traducido al español y legalizado en el Consulado General de España; en tu ciudad o ante cualquier intérprete jurado debidamente reconocido por la autoridad española. Este certificado debe haber sido expedido (como mínimo) durante los 3 meses anteriores a la presentación, por las autoridades competentes del país o países donde has residido durante los 5 años anteriores a la presentación de la solicitud de visado.

  • Los estudiantes adultos deben presentar un certificado de no antecedentes penales con la Apostilla de La Haya de los últimos cinco años, expedido por el organismo oficial del país. El certificado tiene una validez de tres meses.

  • Carta de motivación (razonamiento exhaustivo de su viaje)

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Gramática o сonversación

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Combinado

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